El tema de la vivienda es prioritario para el gobierno de Clara Brugada, por ello el Instituto de Vivienda de la Ciudad de México (INVI) impulsa el programa Vivienda en Conjunto mediante el cual las personas que tienen bajos ingresos podrán acceder a un crédito hipotecario y lo mejor es que no pagarán intereses.
Esta es una excelente opción para las personas que habitan en la Ciudad de México, pues amplía la posibilidad de acceder a la vivienda y que las familias más necesitadas puedan tener un patrimonio propio, es importante destacar que este proyecto tiene como prioridad beneficiar la población vulnerable.
¿Cómo acceder al programa Vivienda en Conjunto del INVI?
Debes saber que el programa Vivienda en Conjunto del INVI está dirigido a indígenas, adultos mayores, madres solteras, mujeres jefas de familia y personas con discapacidad, o que habitan en sitios de alto riesgo, así como a población asentada en campamentos o en inmuebles con valor patrimonial. Noticias Relacionadas
Este contempla siete modalidades distintas y los créditos se otorgan a personas con ingresos individuales de hasta cinco salarios mínimos diarios, o ingresos familiares de hasta ocho salarios mínimos. Las modalidades son:
Vivienda nueva terminada
Adquisición y rehabilitación de vivienda en inmuebles catalogados
Adquisición y rehabilitación de vivienda en inmuebles no catalogados
Vivienda progresiva
Adquisición de vivienda
Arrendamiento con opción a compra
Condominio familiar
¿En qué consiste cada una de las modalidades del INVI?
Consulta quiénes pueden ser beneficiarios del INVI. Foto: Cuartoscuro | Freepik
Vivienda nueva terminada: Se puede financiar integralmente con recursos INVI o con otras fuentes de financiamiento. Esta modalidad corresponde a la construcción de vivienda nueva realizada en predios con uso habitacional y con factibilidad de servicios, en un proceso único de edificación que cumpla con las necesidades de área construida, seguridad estructural, instalaciones, servicios, áreas privativas y áreas de uso común.
Adquisición y rehabilitación de vivienda en inmuebles catalogados: Esta modalidad corresponde a la adquisición de vivienda por parte de sus ocupantes, siempre que el inmueble esté en buenas condiciones estructurales, o bien, cuando las obras de rehabilitación garanticen que el inmueble tendrá una vida útil y duradera, que contribuya a la conservación del patrimonio histórico o artístico. La característica particular de estos inmuebles es que están catalogados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes o la Dirección de Sitios Patrimoniales de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. Puede combinarse parcialmente con la modalidad de Vivienda Nueva Terminada cuando en el inmueble donde se desarrolle un proyecto de vivienda sea necesario conservar parte de la construcción existente por tratarse de un inmueble catalogado.
Adquisición y rehabilitación de vivienda en inmuebles no catalogados: Esta modalidad consiste en la adquisición de vivienda por parte de sus ocupantes cuando el inmueble requiere de rehabilitación o mejoras mediante obras estructurales o en instalaciones sanitarias o eléctricas, o requiere acciones de mantenimiento con las que se pueda garantizar una vida útil, duradera y segura del inmueble.
Vivienda progresiva: Esta modalidad corresponde a la edificación de vivienda individual o plurifamiliar, a través de un proceso de construcción paulatina o en etapas, en proyectos de tipo horizontal o vertical. Considera la construcción de vivienda con espacios habitables mínimos que den prioridad a elementos estructurales, instalaciones hidráulicas, sanitarias y eléctricas, que en conjunto consoliden gradualmente el inmueble y brinden seguridad y bienestar a sus ocupantes.
Adquisición de vivienda: Esta modalidad consiste en adquirir una vivienda propiedad de terceros, ya sea nueva o en uso.
Arrendamiento con opción a compra: Esta modalidad corresponde a la adquisición de vivienda sujeta a un período de pago de rentas mediante un contrato de arrendamiento que combine obligaciones condicionales de venta, en plazo y precio determinado, considerando las rentas o parte de éstas como aportación anticipada en favor de sus beneficiarios o arrendatarios al ejercer el financiamiento para compra de vivienda.
Condominio familiar: Es un crédito inicial o complementario para cubrir los gastos del proceso de constitución del régimen de propiedad en condominio de un inmueble, con el objeto de escriturar las unidades privativas existentes. Cubre estudios, proyectos, trámites legales, gastos notariales o administrativos y, en términos de lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley de Vivienda de la Ciudad de México, se tendrán por satisfechos en su aplicación los requisitos administrativos, urbanos y sanitarios por tratarse de una disposición que tiene como único y exclusivo destinatario a este Instituto. Los propietarios de vivienda de interés social y popular podrán ser beneficiarios de las facilidades administrativas y estímulos fiscales vigentes, aun cuando no soliciten el otorgamiento del crédito, siempre y cuando cumplan los requisitos que se establezcan.
Requisitos para ser beneficiario del INVI
Serán sujetos de crédito de beneficio social las personas físicas que cumplan las siguientes características:
Ser habitante de la Ciudad de México en los términos de la legislación civil aplicable.
Ser persona física mayor de 18 años de edad.
No ser propietario de vivienda en la Ciudad de México
Tener un ingreso de hasta 5 veces el salario mínimo diario (VSMD) o familiar de hasta 8 VSMD. Cuando sólo exista un ingreso éste se considerará familiar.
Tener una edad máxima de 64 años. En caso de rebasar ese límite de edad, se deberá recurrir a la figura de deudor solidario.