
La Suprema Corte rechazó, este lunes, reabrir y volver a juzgar sentencias y amparos ya dictaminados por sus antiguas Salas y por el Pleno de la misma ya que éstas son “definitivas” y al ser un “órgano único e indivisible” no puede existir una “segunda instancia” de revisión. De esta manera, la FGR sufre un revés en su intento por reabrir la causa en contra de Juana Hilda González, quien fue encarcelada por el secuestro de Hugo Alberto Wallace. Con este escenario, la nueva Suprema Corte hija de la reforma judicial que impulsó Morena el año pasado emitió una de sus primeras resoluciones más esperadas ante la especulación que existía por la posibilidad de reabrir casos y juicios juzgados por su antiguo organigrama previo a los comicios federales. Finalmente, este lunes el máximo órgano judicial del país determinó que “no procede interponer recurso de revisión contra las sentencias dictadas por las antiguas Salas de la Corte al resolver juicios de amparo directo mediante el ejercicio de la facultad de atracción”.Altagracia va a Davos en busca de inversión, aunque en el Foro hay malestar por la ausencia de Claudia Según explicó la Corte a través de un comunicado oficial, esto determina que cuando se mite un amparo o una resolución, “dicha decisión es definitiva y no puede ser revisada por el Pleno o por otro órgano del mismo tribunal”. “Al ser un órgano único e indivisible, no puede existir una “segunda instancia” interna para revisar sus propias decisiones”, manifestó el Pleno. Con esta resolución, la Fiscalía General de la República sufrió un revés en su intento de tumbar el amparo liso y llano que la Primera Sala le concedió a Juana Hilda González, quien obtuvo su libertad luego de permanecer 19 años en prisión por una condena en su contra de 78 años por el secuestro de Hugo Alberto Wallace. De esta manera, la flamante Suprema Corte emitió una resolución que era esperada, entre otros ámbitos, por el sector privado por las disputas judiciales que existen en el país. En plena tensión por aranceles, China va por un negocio clave con la Sedena De todas formas, la sesión de este lunes tuvo su momento de polémica, cuando siete ministros votaron a favor de eliminar el párrafo 52 del proyecto resolutivo escrito por la ministra Lenia Batres, quien sostuvo en el mismo que “este pronunciamiento no prejuzga sobre el criterio que la nueva integración de esta SCJN pudiera adoptar en torno a la figura de la cosa juzgada fraudulenta”. Esto hizo referencia a otro caso que deberá analizar el máximo órgano judicial del país, pero que, por ahora, no tiene fecha de resolución.
La Corte rechazó reabrir amparos concluidos por antiguas salas
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