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En un tablero casi que parejo se discutirá decretar, por primera vez en la historia, la suspensión temporal del decreto de emergencia económica. La Corte Constitucional baraja esta medida, reservada para atajar los efectos “irreversibles” de actos “abiertamente arbitrarios”. La Sala Plena deberá decidir primero la solicitud de impedimento del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente del alto tribunal, quien puso a consideración de sus colegas si continuaba en el debate, luego de que la Presidencia lo recusara tras declaraciones a medios en las que, según el Dapre, habría conceptuado jurídicamente sobre la norma. Sala Plena de la Corte Constitucional Foto:Corte ConstitucionalIbáñez se defendió asegurando que solo habló del trámite del decreto, en un momento en el que la ciudadanía pedía claridad sobre el control constitucional de la directriz y de los impuestos expedidos. La Corte tendrá que dirimir entre ambos argumentos.EL TIEMPO conoció por fuentes de distintos despachos que, como está la foto hoy, hay altas probabilidades de que el impedimento prospere. A los votos del ala oficialista —en la que estarían los magistrados Vladimir Fernández, Héctor Carvajal, Miguel Polo Rosero y Juan Carlos Cortés, así como la magistrada Natalia Ángel— se sumaría el del magistrado Carlos Camargo, quien se habría distanciado de Ibáñez.Con el presidente de la Corte apartado del debate, la suspensión del decreto ‘madre’ de la emergencia económica, propuesta por el ponente Camargo, tambalearía.Decreto Petro emergencia económica Foto:Presidencia“La suspensión provisional del Decreto Legislativo 1390 de 2025 es inminente, necesaria, efectiva y proporcional en sentido estricto, para evitar que produzca efectos graves e irremediables, como el debilitamiento del sistema de pesos y contrapesos institucionales”, argumentó el magistrado en el documento que compartió a sus colegas.Distinto sería el escenario para la ponencia de suspensión parcial del decreto reglamentario 1474 de 2025, del magistrado Juan Carlos Cortés, que estaría llamada a prosperar y que pide congelar los impuestos indirectos —como el IVA del 19 % a las bebidas alcohólicas y las apuestas en línea—, pero mantener los directos, como el aplicado a patrimonios superiores a 2.000 millones de pesos.Por otra parte, ya fue asignado el último decreto de la emergencia, publicado el 21 de enero por el Ministerio de Minas, que grava a los operadores de energía con un ‘aporte solidario’ para solventar las empresas intervenidas. El expediente le correspondió al magistrado Vladimir Fernández.La medida cautelar se aplicaría mientras la Corte decide de fondo sobre el tercer estado de excepción declarado por el gobierno Petro, frente al cual pesa casi que un criterio unificado sobre su atropello a la Constitución.Según los conceptos remitidos por juristas y economistas al expediente, las ocho razones esgrimidas por el Gobierno no responden a hechos imprevisibles ni a una emergencia —como lo exige la carta política—, requisito indispensable para este tipo de declaratorias.Gobernadores rechaza decreto de licores Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia
